El asunto sigue siendo demasiado grave como para poner fotos con alusiones a la ridiculez.
Y es grave ya no porque este juego una temporada en Zaragoza, o por lo menos la primera parte de ella o la feria de primavera, los es porque, quienes en su momento recurrieron al Justicia de Aragon por una presunta irregularidad, ahora aboguen por activa y por pasiva a que se cometa una mucho mayor con los mas disparatados argumentos.
Es obligatorio preguntarse ¿Que les han prometido y que oscuros y propios intereses defienden, que les importa un comino hasta su plaza de toros?.
Que Polo de la cara y mienta como siempre diciendo que no esta detras de ningun nick es normal y en su linea, que diga que nadie mas que el sabe nada y se habla por oir campanas tambien es su proceder caracteristico, al menos y dentro se su proceder esta defendiendo un puesto de trabajo por sobre todas las cosas que ha dicho hipocritamente defender, pero en tiempos de crisis es logico que se defienda por encima de cualquier cosa el pan y el pienso de los hamsters. Otra cosa es la credibilidad que pueda tener ademas de sus intereses.
Ahora bien mas sospechoso es y mereceria una explicacion no a mi sino a la aficion Aragonesa en que intereses defienden unos escondiende tras de nicks y otro eso se lo reconozco dando la cara abiertamente como Jaramago que todo el mundo sabe que es Emilio Perez salvo que lo suplante otro "sincero valiente".
Desde las ,as demenciales interpretaciones de la ley que causan irrision, a llamar claramente al pucherazo y a la alcaldada hay de todo menos sentido comun y logica, en todo caso podriamos salvar el ultimo comentario de Rafael.
Si hay deudas con el estado no se puede disfrutar de una concesion publica, esto es la ley y la ley esta por encima de la normativa de un pliego, y tambien es ley que las deudas no pueden existir para ejercer el derecho a concursar, lex dura lex, que la DPZ cometiera negligencia en el mejor de los casos y quiza un despiste interesado en el peor de los supuestos, no justifica jamas cometer una ilegalidad cuando esta se pone de manifiesto aunque sea por terceros.
Realmente la ley dice tambien que todo el mundo es inocente hasta que se demuestre lo contrario y establece los cauces legales para defender este derecho.
Afortunadamente con crisis o sin ella la indefension que nos asolo durante 40 años ha desaparecido del estado Español.
Todo argumento puede ser presentado por disparatado que sea para ejercer este derecho y tambien puede ser rechazado o no por la administracion, pero siempre queda el Contencioso Administrativo, se aducira que es largo y es cierto y que el perjuicio ya estara causado, vease el ejemplo de Simon Casas en Madrid, pero el Contencioso Administrativo tambien contempla la posibilidad de solicitar medidas cautelares a la vista de las alegaciones y que causen efecto inmediato hasta que se ventile el tema de fondo.
O sea Ruedos de Aragon S.L. puede presentar las alegaciones que crea oportunas y solicitar a la vista de ellas que se le conceda cautelarmente la concesion.
Otra cosa es que los argumentos que aduzca tengan el peso suficiente para justificar la medida.
Todas la demas tonterias que alegan en los comentarios que por su surrealsmo los mas reproducire al final, son propios de gente desesperada que ven que algo que esperaban y consideraban tener en las manos ven que se convierte en humo.
Como se puede abogar que se conceda la plaza de toros a aguien que es presunto insolvente o moroso por costumbre, pedir esto es pedir un perjuicio para la continuidad de la fiesta en Zaragoza, pero no tienen empacho en hacerlo.
En las sociedades anonimas la responsabilidad puede quedar diluida o ser el responsable el que firma los balences y quien contraae las deudas a titulo personal, y la sociedad anonima tendra las responsabilidades a que haya lugar.
Pero otra cosa son las Sociedades Limitadas como en este caso son Ruedos de Aragon S.L. y la empresa anterior de Zorita, en las sociedades limitadas la responsabilidad recae directamente entre sobre sus socios que responden con la totalidad de su pratimonio, por lo tanto se puede afirmar afirmar que D. Ignacio Zorita en caso de que se comprueben tales deudas en el momento de presentar la oferta es directamente responsable de ellas al margen de que S.L. las contrajera, decir lo contrarioo es querer engañar burdamente a la opinion publica o demostrar una ignorancia supina.
Que Ruedos de Aragon S.L. pueda presentar la argumentacion y pruebas que estime conveniente hasta el 2 de febrero es su derecho y en el esta para agotar los plazos hasta las 23,55 del dias uno o dos de febrero segun el caso y lo que les interese.
Otra cosa es lo que le puede promover a agotar estos plazos, si no tiene nada que ocultar cuanto antes presentara las alegaciones y pruebas mejor pues podria empezar a trabajar, si no lo hace es por algo y es licito pensar que este algo es presionar a la DPZ, para que se encuentre en que quede en peligro el primer ciclo de la temporada o feria de primavera que se ajusta mas a la reaslidad, a anteponer sus intereses al bien comun, palnteando que o se ceden a sus presiones o no hay feria de primavera, o sea que su espiritu de querer levantar la plaza queda seriamente y cuestionado y da pie a que se especule con que es simplke negociante mas que va en busca de dinero facil a costa de perjudicar mas si es posible la situacion de la fiesta en Zaragoza, otro argumento para que los aficionados honestos y sin intereses lo rechacen.
Los otros los que creian que tenian lo que soñaban y ven que se les desvanece escriben disparates como estos:
" 28-01-2009 22:38
Estimado Mariano.
En lo referente a le cumplimiento de la ley creo que te equivocas, creo que no tienes claro que es lo que ocurre en este asunto.
Hay que diferenciar entre “Ruedos de Aragón” (empresa que opta a la adjudicación de la Plaza) e Ignacio Zorita (persona física que no licita a nada).
“Ruedos de Aragón” cumple con todo la documentación que el pliego solicitaba, prueba de ello es que al abrir la mesa de contratación en primer sobre, dónde se deposita toda la documentación administrativa, lo dieron por bueno y a continuación se procedió a la apertura de los dos sobres siguientes, precisamente por cumplir con toda la documentación administrativa (incluidos todos los justificantes de estar al corriente de pagos con Seguridad Social y Hacienda) que el pliego solicitaba.
Otra cosa es el problema que Zorita pueda tener con la S.S. y creo que ese tema no atañe para nada, al menos legalmente, a la empresa “Ruedos de Aragón”.
Por lo tanto está claro que la empresa licitante cumple con todo lo que el pliego solicita-
Esperemos por el bien de todos que el tema se solucione pronto.
Saludos
Registrado
Jaramago
7. 29-01-2009 00:56
al 100% de acuerdo con Jaramago....
Registrado
interesado
8. 29-01-2009 14:55
Perdemos los Aficionados.
(Otra cosa es el problema que Zorita pueda tener con la S.S. y creo que ese tema no atañe para nada, al menos legalmente, a la empresa “Ruedos de Aragón”.)
Copio y pego de lo escrito por Jaramago.
Pregunto:
Si esta tan claro que los culpables son DPZ y/o sus técnicos, mesa de contratación…etc. ¿Por qué no se actúa Judicialmente contra ellos, con carácter de urgencia?
¿Qué papel tenemos los aficionados, pedir Toros y Toreros y una Feria de Temporada, o ir a los Tribunales?
¿Si todo esta tan claro, y se sabe a ciencia cierta quien son los culpables, la empresa implicada es la que tiene que tomar cartas en e asunto?
Sigo pensando cual es el papel del Aficionado…, y nunca he dicho ni escrito que estoy en contra de la adjudicación a Ruedos de Aragón.
Salud y suerte.
Registrado
Cárdeno
9. 29-01-2009 16:25
Perdemos los Aficionados.
La LEY 30/2007 en su artículo 49 y sig... Indica claramente que no podrán concursar a contratos con el sector público aquellas personas en las que concurran las circunstancial de no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de la Seguridad Social.
En otro punto también indica que la prohibición de contratar afectará también aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen u otras circustancias, puedan presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas.
Como el Pliego de condiciones indica muy bien en su Clausula quinta que todo el proceso está referido a esta Ley, de rango superior y por tanto de obligado cumplimiento, la mala redacción del Pliego no es eximente del cumplimiento de la Ley. Es por todo esto que la contratación está detenida hasta que se justifique la inexistencia de Deudas o bien la desestimación de la oferta.
Ni manos negras, ni prevaricaciones ni ná de ná... Derecho administrativo y punto. Ante la resolución adoptada por la Mesa de Contratación siempre quedará el recurso Contencioso Administrativo.
Registrado
Rafael
10. 29-01-2009 20:17
Perdemos los Aficionados.
de acuerdo contigo.. pero PEGO LITERALMENTE LA LEY:
Subsección III. Prohibiciones de contratar.
Artículo 49. Prohibiciones de contratar.
No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
ves bien claro que pone CONTRATAR??? no concursar... no pueden contratarle mientras deba... pero pero si pueden concederle la plaza y no darsela hasta que pague....vamos, eso es lo que yo interpreto en la ley que tu mismo has citado...
corrigeme si me equivoco, por favor...
Registrado
interesado
11. 29-01-2009 21:38
Perdemos los Aficionados.
"Ante varias llamadas realizadas y algunas acusaciones e insinuaciones sobre mi identificación con algunos de los nicks aparecidos en varios artículos, deseo puntualizar lo siguiente:
1.- Yo no soy ninguno de los firmantes de artículos o comentarios que no vayan encabezados como fpolo, que es como siempre firmo mis escritos.
2.- No quiero intervenir personalmente para que mi opinión no quede descalificada ni atacada ni que se me acuse de ser parte interesada en el proceso.
3.- Opinar, por supuesto, es libre y lícito, pero ¿sin ni siquiera haberse leído el pliego?, ¿sin saber de verdad qué está ocurriendo, los verdaderos motivos y los argumentos de todas las partes? ¿Afirmando meras especulaciones o supuestos en la imaginación de cada cual?. Me parece, cuando menos, demasiado osado y atrevido. Hay demasiados “jueces” que sentencian y sientan cátedra porque han oído campanas...
4.- No voy a entrar a ningún trapo, y no pienso intervenir."
Registrado
fpolo
12. 29-01-2009 21:47
Perdemos los Aficionados.
Excusatio non petita ... por lo menos en este foro
Registrado
invitado08
13. 29-01-2009 22:49
Perdemos los Aficionados.
Por eso explico que siempre queda el recurso contencioso administrativo para que un juez interprete lo que unos y otros interpretan de manera distinta.
Lo que opina la Mesa de contratación es que si no puede contratar no se le puede admitir a concurso pues el resultado sería nulo de Ley.
Yo no tomo partido, solo explico lo que hay cada uno que se lo tome por donde quiera.
Registrado
Rafael"
Lo que obliga a la DPZ a extremar las precauciones a la hora de tomar una decision salvo caso de no querer correr el riesgo de caer en una presunta prevaricacion.
Por otro lado los aficionados honestos que son los autenticos perjudicados de esta kafkiana situacion deberian participar de forma activa en el proceso y hasta ejecer como coadyuvantes en caso de que se llegara al contencioso administrativo.
De momento si una cosa esta clara es que la Cabaña Brava jamas ha sido lo que decia ser y nos es mas que un reducto de espureos intereses como demuestra su actuacion.
Siete años me tuvieron engañado o quizas mas no recuerdo, pero hace mas de un año que los vi venir y me di de baja de inmediato antes de verme complice de esta situacion, ahora ya no se escapa nadie porque si los responsables son los directivos, los socios que les mantienen en el cargo son tan responsables como ellos, pues o bien pueden plantear una mocion de censura o darse de baja masivamente. La amistad justifica muchas cosas pero tambien tiene un limite que es el que marca la honestidad.
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